Las primeras notas de crédito comenzaron a llegar a los domicilios de los usuarios. De esta forma se cumple con la orden del juez, quien determinó dar lugar al amparo presentado por el CEODECO para que no se pueda cobrar el decreto 2067/08 y otros ítems aplicados en la facturación. El dinero puede retirarse en las oficinas de atención al público.
Lo que se recibe en el domicilio es una boleta igual a la última emitida por parte de la ex comercializadora y donde se remarcan en rojo los valores monetarios referidos al decreto anulado. Al margen del comprobante se puede leer que la nota de crédito puede cobrarse en las oficinas de atención al público.
De esta forma, quedó efectiva la devolución del dinero por parte de la empresa ya que la misma había cobrado lo que la decisión cautelar había prohibido a la vez de respetarse la orden del sistema judicial.