Jueves, 25 de Abril Villa Gesell

Por ordenanza

Jueves, 17 de Diciembre

Recuerdan la prohibición para vender pirotecnia

Es por Ordenanza N° 2551/14, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante el 15 de septiembre de 2014.

En el marco de la llegada de las fiestas de fin de año, la municipalidad recuerda a la comunidad que por Ordenanza N° 2551/14, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante el 15 de septiembre de 2014, queda prohibida la comercialización de pirotecnia, salvo en locales específicamente habilitados para su venta.

El articulo 1º de la normativa establece que quienes pretendan comercializar pirotecnia en el Partido de Villa Gesell tienen la obligatoriedad de habilitar un local comercial con ese solo y único fin, resultando inviable contar con una habilitación que contemple otro tipo de actividad comercial de modo simultaneo y/o anexo.

Asimismo, en su artículo 2º manifiesta que para el otorgamiento de una habilitación comercial municipal para la venta de pirotecnia, se deberá acreditar, previamente el cumplimiento de los requisitos que establecen las normas nacionales y provinciales que regulan la materia.

Cabe destacar que la violación de dicha ordenanza, será sancionada con severas multas.

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