Jueves, 28 de Marzo Villa Gesell

Estado de alerta

Martes, 07 de Julio

Se concretó la firma del decreto por la gripe A: enterate qué dice el documento

El decreto explica cuales son las implicancias del mismo. Indica que la emergencia será por 120 días. Será flexible y se recomienda cerrar los lugares donde se aglomera gente.

Villa Gesell,
V I S T O: La propagación en nuestro país, de la gripe A H1 N1 de la que nuestra Provincia de Buenos Aires y por consiguiente nuestra ciudad no es ajena; y

C O N S I D E R A N D O:

Que en virtud de lo antedicho es necesario declarar la Emergencia Sanitaria para prevenir y evitar el contagio masivo, tomando las medidas necesarias para tal fin;


Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: DECLARASE la Emergencia Sanitaria en el Partido de Villa ------------------------- Gesell por el termino de ciento veinte (120) días contados a partir del dictado del presente Decreto con el fin de evitar la inminente propagación de la pandemia generada por el virus de la influenza H1 N1, y en un todo de acuerdo a lo establecido por el Decreto Provincial Nº 1040 de fecha treinta (30) de junio de dos mil nueve (2009).----------------------------------------------
ARTICULO 2º: DISPONESE de Instalaciones Públicas o Privadas necesarias --------------------- para efectuar internaciones inevitables cuando este agotada la capacidad Hospitalaria.---------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: SUSPENDASE las actividades deportivas y culturales en el ------------------------ Polideportivo Municipal, Casa del la Cultura CEMUCAP y Casa del Abuelo.------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: RECOMIENDASE evitar las reuniones en actividades sociales -------------------- que impliquen gran concentración de gente.-------------------------
ARTICULO 5º: El presente Decreto se firma "Ad-Referendum" del Honorable ----------------------Concejo Deliberante.----------------------------------------------------------
ARTICULO 6º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario ----------------------- de Gobierno, el Señor Secretario de Hacienda y por el Señor Secretario de Salud y Acción Social.---------------------------------------------------------
ARTICULO 7º:Cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.-----


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