El Gobierno local recordó que la ordenanza 2872, votada por el HCD local, establece multas por ruidos molestos, incluso de casas particulares. Los 34 artículos de la norma establecen los límites y multas para aquellos que afecten la tranquilidad, la paz y armonía social. Leela. Después no digas que no te avisamos.
La comuna informó que, en el marco del inicio del verano y la llegada de jóvenes veranentes, que se encuentra vigente la regulación contra los ruidos molestos. La ordenanza 2872, tiene una amplia regulación y alcanza no solo a locales bailables, sino a cualquier tipo de ruidos incluso emitidos desde casa particulares, obras de construcción y motorizados en la vía pública.
En este sentido, agregaron que las multas, gracias a la modificación del valor del módulo a partir del primero de enero de 2019, podrán superar los 70 mil pesos, y la posibilidad de clausuras temporarias hasta también definitivas.
La ordenanza es clara en sus 34 artículos que la componen: "Prohíbese producir, causar, estimular o provocar ruidos molestos y/o vibraciones, cualquiera sea su origen, cuando por razones de horario y lugar, o por su calidad o grado de intensidad, perturben actual o potencialmente la tranquilidad o reposo de la población, o causen perjuicios o molestias de cualquier naturaleza" (Art. 1).
De ahí en más, establece diferentes parámetros que por ejemplo regulan los horarios diurno (06.00 a 22.00 hs.) y nocturno (22.00 a 06.00 hs.) y en los que están permitidos límites de emisión: Zonas Residenciales 50 db durante el día, y 40 db durante la noche. Así mismo, en las Zonas Comerciales 60 db y 45 db respectivamente.
Sin embargo, la normativa además regula a las obras en construcción, demoliciones y en general toda actividad ruidosa de carácter temporario, y para la cual, se debe contar con un permiso específico de la Municipalidad, el cual determina un plazo, horarios de trabajo y medidas de prevención que deben adoptarse.
Pero la 2872 va aún más lejos, y en su espectro abarca a motorizados que por su peso, o estar equipados para la emisión de ruidos, se convierten en infractores a la norma. Por ejemplo, el Art. 10 menciona: "Prohíbase la circulación en zona urbana de vehículos mediante cualquier forma de conducción que implique forzar la marcha de su motor y/o con escape libre, produciendo ruidos molestos".
Y así, una serie de aspectos establecidos en la Ordenanza, mediante la cual el Municipio de Villa Gesell, busca proteger al medio ambiente, la salud de las personas y las relaciones de vecindad.